Decretan reducción transitoria de aportes al sistema pensional


La medida anunciada la semana pasada por el Gobierno del presidente Iván Duque, de reducir los aportes al sistema de pensiones, se perfeccionó con la expedición del Decreto 558 del 15 de abril de 2020.

Una de las motivaciones, enmarcadas igualmente en el Estado de Emergencia decretado el mes pasado, es “disminuir las cargas económicas de los empleadores con el fin que estas puedan concentrar sus esfuerzos económicos en mantener las nóminas de trabajadores y continuar con el pago de los salarios”, pues el Gobierno es consciente “que algunos empleadores están haciendo un gran esfuerzo para efectuar el pago de los salarios a sus trabajadores”.

La reducción decretada consiste en reducir, por los períodos de abril y mayo, del 16% al 3% la cotización en pensiones, pero manteniendo la proporción actual para trabajadores y empleadores, 25% y 75% respectivamente. Es decir, los empleadores asumen el pago del 2.25% y los trabajadores vía reducción en nómina el 0.75%. La medida aplica para los empleadores del sector público y privado, a los trabajadores dependientes e independientes. Estos últimos asumen el 100% de la cotización. Es una medida transitoria y optativa para las empresas, quienes puedan asumir la carga actual, lo pueden seguir haciendo.

La cotización adicional al Fondo de Solidaridad Pensional, que señala el artículo 20 de la Ley 100 de 1993, para trabajadores con salarios mensuales iguales o superiores a 4 smmlv se mantiene vigente.

El Ministerio de Salud y Protección Social realizará, y coordinará con los Operadores de Pago, las modificaciones temporales que correspondan a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA, para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo.



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