¿Soportarán los Sistemas Informáticos Electrónicos de la DIAN la alta demanda de declaraciones y otros compromisos que se avecinan?
La crisis generada por el coronavirus y el Estado de Emergencia declarado en ocasión a ésta propició el aplazamiento de las presentaciones de declaraciones tributarias y de envío de información fiscal para la mayoría de contribuyentes. Veamos: § El Decreto 520 del 6 de abril aplazó, para los meses de junio y julio, los vencimientos de presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta tanto para Grandes contribuyentes como para las demás personas jurídicas. Ha de tenerse en cuenta que, según prescripción de la Dirección de Impuestos Nacionales-DIAN, el reporte de conciliación fiscal (Formato 2516) debe ser remitido a través de los servicios informáticos de manera previa a la presentación de la declaración de renta. § El vencimiento de la presentación de la declaración anual de activos en el exterior de los Grandes contribuyentes y personas jurídicas también fue aplazada hasta los meses de junio y julio, modificados igualmente por el Decreto 520. § El