Fallas en los Servicios Informáticos Electrónicos no pueden causar sanción de extemporaneidad, ni intereses de mora: DIAN
Recientemente los contribuyentes y contadores se vieron afectados por las constantes fallas que vienen presentando los Sistemas Informáticos Electrónicos-SIE de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN. Por ejemplo, el pasado 13 de enero la DIAN se vio obligada a declarar contingencia por las fallas presentadas , permitiendo así que los contribuyentes presentaran sus declaraciones, fuera del plazo de vencimiento, sin pagar sanción por extemporaneidad. Lo anterior conforme al artículo 579-2 del Estatuto Tributario: “Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos o se presenten situaciones de fuerza mayor que le impidan al contribuyente cumplir dentro del vencimiento del plazo fijado para declarar con la presentación de la declaración en forma virtual, no se aplicará la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 de este Estatuto , siempre y cuando la declaración virtual se presente a más tardar al d