No responsables de IVA para el año 2019, anterior régimen simplificado



La Ley 1943 de 2018, también denominada Ley de Financiamiento, derogó el artículo 499 del Estatuto Tributario que regulaba quiénes pertenecían al régimen simplificado del impuesto a las ventas-IVA. A su vez, el artículo 18 de la Ley de Financiamiento contempló que se eliminasen de las normas actuales todas las referencias al régimen simplificado tanto del IVA como del impuesto nacional al consumo.

En ese sentido, ¿todos somos responsables de cobrar el IVA? No. La Ley 1943 de 2018, a través del artículo 4, adiciona el parágrafo 3 al artículo 437 del Estatuto Tributario y en éste define quienes son “No responsables” del impuesto sobre las ventas, fijando prácticamente las mismas condiciones que establecía el derogado artículo 499 ET.

No responsables del IVA para el año 2019

No son responsables del impuesto sobre las ventas-IVA las personas naturales que realicen actividades gravadas, comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas, los pequeños agricultores y los ganaderos, así como aquellas que presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:

1. Que en el año anterior (2018 - $116.046.000) o en el año en curso (2019 - $119.945.000) hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT.

2. Que no tengan más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.

3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

4. Que no sean usuarios aduaneros.

5. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior (2018 - $116.046.000) ni en el año en curso (2019 - $119.945.000) contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 3.500 UVT.

6. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior (2018 - $116.046.000) o durante el respectivo año (2019 - $119.945.000) no supere la suma de 3.500 UVT.

7. Que no esté registrado como contribuyente del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE. Esta es una nueva condición. SIMPLE es un nuevo impuesto creado por el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, el cual adicionó el Libro Octavo al Estatuto Tributario, artículos 903 al 916.

Como medios de control y antievasión, se mantienen las disposiciones para quienes celebren contratos de venta de bienes y/o de prestación de servicios gravados, por cuantía individual o total, superiores a 3.500 UVT (2019 - $119.945.000), quienes deberán inscribirse previamente como responsables del impuesto sobre las ventas –IVA. El contratista lo debe exigir para la procedencia de costos y deducciones.

Cuando los “no responsables” realicen operaciones con los responsables del impuesto deberán registrar en el Registro Único Tributario -RUT su condición de tales y entregar copia del mismo al adquirente de los bienes o servicios. En principio, la responsabilidad "12 – Ventas régimen simplificado" del RUT desaparece, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN tendrá que definir una nueva responsabilidad y actualizar de oficio los RUTs de los "No responsables IVA" de conformidad con la nueva disposición de la Ley de Financiamiento.

Quienes en la actualidad ejercen como responsables del impuesto sobre las ventas en el régimen común y quieran cambiar de régimen como “no responsables” del mismo, sólo podrán solicitar su retiro del régimen cuando demuestren que en el año fiscal anterior se cumplieron las condiciones establecidas en la nueva disposición. Así lo dispuso el parágrafo 3 del artículo 437 ET, teniendo en cuenta que la misma Ley 1943 derogó el artículo 505 ET, el cual señalaba que sólo podían acogerse al régimen simplificado cuando demostrasen que en los tres (3) años fiscales anteriores se cumplieron, por cada año, las condiciones establecidas.


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