Eliminarían régimen simplificado de IVA e impuesto al consumo
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Imagen tomado de pixabay.com |
Por Elkin Cruz
El
proyecto de Ley de Financiamiento propuesto por el Gobierno nacional derogaría
el artículo 499 del Estatuto Tributario, el cual regula sobre quienes
pertenecen al Régimen Simplificado del Impuesto sobre las Ventas-IVA.
La
proposición del Gobierno, incluida también en la ponencia que se debate en la actualidad en el Congreso, es adicionar un parágrafo al artículo 437 ET y definir
como “No Responsables” del impuesto a quienes cumplan ciertos requisitos, los
cuales serían, entre otros, los siguientes:
1. Que en el año
anterior o en el año en curso hubieren obtenido ingresos brutos totales
provenientes de la actividad, inferiores
a 2.500 UVT.
2. Que no tengan
más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde
ejerzan su actividad.
3. Que en el
establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen
actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro
sistema que implique la explotación de intangibles.
4. Que no sean
usuarios aduaneros.
5. Que no hayan
celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de
venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 2.500 UVT.
6. Que el monto
de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el
año anterior o durante el respectivo año no
supere la suma de 2.500 UVT. (Negrillas fuera de texto, artículo 5 del
proyecto de Ley)
Con
la propuesta se pretende reducir los montos de ingresos por los cuales una
persona sería responsable de IVA. Actualmente, quienes pertenecen al régimen simplificado
son aquellos que en el año 2017 tuvieron ingresos inferiores a $111.507.000
(3.500 UVT). De aprobarse la Ley de Financiamiento, en el 2019 estarían
obligados a facturar IVA las personas naturales que ofrezcan bienes o servicios
gravados y que en el año 2018 obtuviesen ingresos iguales o superiores a
$82.890.000 (2.500 UVT). Igual sucede si las consignaciones bancarias o los
contratos que celebren estas personas igualan o superan el monto en mención.
Impuesto al
consumo
Respecto
del Impuesto Nacional al Consumo, el proyecto de ley contempla eliminar el
régimen simplificado de este impuesto y reducir también los montos de ingresos
por los cuales una persona natural sería responsable del mismo.
De
acuerdo con el proyecto de ley presentado por el Gobierno, artículo 20, serían
responsables del impuesto nacional al consumo aquellas personas naturales que en
el año 2018 facturen ingresos iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir,
$46.418.400. Sin embargo, la ponencia acordada entre congresistas y Gobierno,
propone que sean responsables aquellos que facturen ingresos iguales o
superiores a 2.500 UVT, es decir, $82.890.000. En la actualidad, pertenecen al
régimen simplificado de este impuesto aquellos que en el año 2017 facturaron
ingresos iguales o superiores a $111.507.000 (3.500 UVT).
Las
modificaciones planteadas implicarían un aumento considerable de responsables
del impuesto a las ventas y al consumo, lo que se traduciría en un
encarecimiento de precios para el consumidor final, mayor recaudo fiscal para
el Estado y nuevas obligaciones para los nuevos responsables (llevar
contabilidad, implementar factura electrónica, envío de información exógena y
demás).
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