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Mostrando entradas de julio, 2016

Se aproximan los vencimientos para que personas naturales declaren renta de año 2015

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Por Elkin Cruz A partir del 9 de agosto de 2016, conforme con el Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015 , inician los vencimientos de los plazos para que las personas naturales y sucesiones ilíquidas presenten las declaraciones del impuesto de renta y complementario por el año gravable 2015. Según la misma norma, para estos contribuyentes, los plazos para declarar iniciaron el pasado 8 de marzo. Los plazos para declarar vencen atendiendo los dos últimos dígitos del NIT del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así: Si al momento de presentar la declaración se genera un saldo a pagar, este se deberá cancelar en su totalidad en una sola cuota y atendiendo las mismas fechas. ¿Quiénes están obligados a declarar renta por el año gravable 2015? Tras las modificaciones que produjo la Ley1607 de 2012 al Estatuto Tributario, en Colombia las personas naturales, para efectos fiscales, son clasificadas en tres categorías: Empleado, Trabajador por

Gobierno expide ley que garantiza el pago de prima de servicios a trabajadores domésticos

Por Elkin Cruz El pasado 7 de julio el Gobierno Nacional sancionó la Ley 1788 del 2016 , ley por medio de la cual se garantiza el pago de prima de servicios a los trabajadores domésticos, cuyos primeros pagos por este concepto serán efectivos durante el segundo semestre del presente año. De acuerdo con el artículo primero de la Ley, el propósito de promulgarla es “ garantizar y reconocer el acceso en condiciones de universalidad el derecho prestacional de pago de prima de servicios para los trabajadoras y trabajadores domésticos ”, es decir, empleadas del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores de fincas familiares, entre otros. En ese sentido, el artículo segundo de la nueva ley modifica el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo y señala que los empleadores están obligados a pagar a sus empleados, incluidos los trabajadores del servicio doméstico, la prestación correspondiente a la prima de servicios, es decir, treinta (30) días de salar