Concepto del SENA sobre aprendices embarazadas con contratos de aprendizaje en ejecución es contrario a la Constitución
El criterio general adoptado por la Dirección Jurídica del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA en materia de aprendices en estado de embarazo que estén ejecutando su contrato de aprendizaje, es aquel contenido en la Circular 1011-00532 del 31 de marzo de 2004 , documento en el cual se recomiendan los procedimientos a seguir por parte de las empresas patrocinadoras en el caso que se presente un embarazo en aprendices con contrato vigente. Así lo hizo saber la Entidad en respuesta a un derecho de petición sobre sí a las aprendices en embarazo le aplicaba el fuero de maternidad. Ver Derecho de Petición y Respuesta del Sena . Lo señalado en la Circular en mención, el SENA lo ratifica en su doctrina jurídica, como se puede leer en los Conceptos 9512 del 7 de mayo de 2013 , 142228 del 24 de julio de 2013 , 55604 del 1 de noviembre de 2013 , 422 del 10 de enero de 2014 , 6796 del 28 de mayo de 2014 , entre otros. En estos actos se señalan, en general, dos procedimientos a seguir