Calendarios Tributarios municipales o distritales para el año 2014
Desde
finales del año 2013, así como el Gobierno Nacional regula los lugares y plazos
para el pago de los impuestos de orden nacional, muchos de los municipios y
distritos, por intermedio de sus Secretarías o Departamentos de Hacienda,
emitieron la respectiva norma que regula los plazos para el recaudo de los
impuestos de carácter municipal o distrital durante la vigencia 2014.
Los
municipios y distritos, conforme a las regulaciones establecidas en sus
Estatutos Tributarios, han definido dicho calendario con el fin de garantizar
oportunamente el recaudo de los impuestos, principalmente los relacionados con
el Impuesto Predial Unificado-IPU e Impuesto de Industria y Comercio.
A
continuación se relacionan las diferentes disposiciones emitidas por algunos de
estos entes territoriales.
Bogotá:
Resolución No. SDH-000417 del 23 de diciembre de 2013, por
la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir
con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las
declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrador por la
Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB de la Secretaría Distrital de
Hacienda.
También
puede consultarse directamente en la web de la Secretaría de Hacienda, dando
clic aquí.
Cartagena:
Decreto 1603 del 31 de diciembre de 2013, por el cual
se establecen las fechas de declaración y pago del impuesto de industria y
comercio, avisos y tableros, sobretasa bomberil, se señalan incentivos por
pronto pago del impuesto predial unificado y se dictan otras disposiciones.
Sobre
este pueden consultar nuestra publicación: Distrito de Cartagena define plazos para el pago de impuestos en el 2014.
Turbaco:
Resolución 001 del 9 de enero de 2014, por medio
del cual se fijan unos términos para la presentación y pago de las
declaraciones del impuesto de industria y comercio y sus complementarios avisos
y tableros.
Barranquilla:
Resolución DSH No. 005 del 30 de diciembre de 2013, por
la cual se fijan los plazos y descuentos para declarar y/o pagar los impuestos
administrados por el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla
durante la vigencia 2014 y se dictan otras disposiciones.
En el siguiente enlace pueden consultar el resumen elaborado por la Alcaldía: Calendario Tributario Barranquilla ICA 2014.
En el siguiente enlace pueden consultar el resumen elaborado por la Alcaldía: Calendario Tributario Barranquilla ICA 2014.
Arauca:
Los
plazos se encuentran establecidos en el Estatuto Tributario del municipio, el Acuerdo No. 200.02.015 del 3 de diciembre de 2011. En el siguiente enlace pueden consultar el Calendario definido por
la Alcaldía: Calendario Tributario Arauca 2014.
Armenia:
Decreto 166 del 6 de diciembre de 2013, por medio
del cual se establecen unos formularios, se fijan plazos y se dictan otras
disposiciones de carácter tributario relacionadas con las declaraciones de los
tributos municipales.
Cali:
Resolución No. 4131.021.-0010 de enero 21 de 2014,
por medio del cual se señalan los plazos
para el pago del Impuesto Predial Unificado por la vigencia fiscal 2014.
Resolución No. 4131.1.12.6.-0001 de enero 7 de 2014,
por medio del cual se establecen los
lugares y plazos para la presentación y pago de la declaración y liquidación
privada del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de avisos y
tableros, por el año gravable 2013, vigencia fiscal 2014, se reajusta el valor
de las sucursales financieras y se dictan otras disposiciones de contenido
tributario.
Asimismo,
mediante Resolución No. 4131.1.12.6.-6047 de diciembre 20 de 2013, se establecieron los sujetos obligados a presentar información
tributaria en medios magnéticos por el año gravable 2013 y se fijan los plazos
para su presentación.
Pereira:
Decreto 811 del 17 de diciembre de 2013, por el cual
se establecen los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones
tributarias y el pago de los impuestos administrados por el Municipio de
Pereira vigencia 2014.
Tunja:
Resolución Conjunta No. 932 del 23 de diciembre de 2013, por la cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las
declaraciones tributarias y para el pago de impuestos, anticipos y retenciones
relacionados con el impuesto de industria y comercio y complementarios del
municipio de Tunja para la vigencia fiscal 2014.
Pasto:
Respecto
del impuesto de industria y comercio, los plazos se encuentran establecidos en
el Estatuto Tributario del municipio, el Decreto 223 del 23 de febrero de 2009. En el siguiente enlace pueden consultar el
Calendario definido por la Alcaldía: Calendario Tributario Pasto ICA 2014.
Manizales:
Resolución 005 del 20 de noviembre de 2013, por medio
del cual se fijan los plazos para la presentación y pago de la declaración y
liquidación privada del impuesto de industria y comercio y complementarios, en
el municipio de Manizales.
Respecto
al impuesto predial unificado, ha de tenerse en cuenta el Decreto 0045 del 17 de enero de 2013, por medio del cual se modifica el Decreto 0474 de 2012, específicamente
en lo que hace al sistema de cobro del impuesto predial unificado.
Villavicencio:
Resolución 679 del 10 de diciembre de 2013, por la cual
se señalan los plazos para la presentación de la declaración de retención del
impuesto de industria y comercio por los bimestres Enero-Febrero, Marzo-Abril,
Mayo-Junio, Julio-Agosto, Septiembre-Octubre, y Noviembre-Diciembre de 2014 y
se dictan otras disposiciones.
Resolución 680 del 10 de diciembre de 2013, por la cual
se señalan los plazos de vencimiento para la presentación de la declaración y
pago del impuesto de industria y comercio, y complementarios, por el periodo
gravable anual de 2013, y se dictan otras disposiciones.
En
el siguiente enlace pueden consultar el Calendario definido por la Alcaldía:
Calendario Tributario Villavicencio ICA 2014.
Importante
tener en cuenta la Resolución 681 del 10 de diciembre de 2013, por la cual se
señalan los plazos para el envío de la información exógena por parte de los
agentes retenedores del impuesto de industria y comercio, para el municipio de
Villavicencio por el año 2013 y se dictan otras disposiciones.
Santa
Marta:
Resolución No. 8853 del 30 de diciembre de 2013, por
medio de la cual se establecen los lugares y plazos para la presentación y pago
de las liquidaciones y declaraciones tributarias de los impuestos predial e
industria y comercio durante la vigencia fiscal 2014.
Elkin
Cruz Torrado
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Muy buena herramienta. Muchas gracias
ResponderEliminarJennifer, Gracias por tus comentarios
EliminarQue buena información, muchas gracias, no la había encontrado en ninguna otra parte.
ResponderEliminarMauricio, Gracias por tus comentarios
EliminarExcelente el calendario Tributario municipal, son mas de 1000 municipios y cada uno trae un calendario propio e incluso, aquellos en los cuales se deben presentar medios magnéticos ret-ica e industria y comercio municipal, el mejor sitio que he encontrado, vamos entre todos a completar los demás municipios y ciudades principales como yopal, sincelejo, valledupar, cucuta, floridablanca, montería, etc, un complemento entre todos los que laboramos en la parte contable y de impuestos en muchas ciudades del país.
ResponderEliminarGracias por sus comentarios. La idea de esta página es hacer visible los diferentes calendarios tributarios adoptados por los diferentes entes territoriales.
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