Definido el Calendario Tributario Nacional para el año 2014

Como es habitual, para estas fechas decembrinas el Gobierno Nacional define el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes obligados durante el año gravable siguiente.

El veinte (20) de diciembre fue expedido el Decreto 2972 de 2013, por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de impuestos, anticipos y retenciones en la fuente durante el año 2014.

Para el correcto cumplimiento de dichas obligaciones, los contribuyentes deberán presentar las declaraciones respectivas (renta y complementarios, ingresos y patrimonio, IVA, gasolina y ACPM, impuesto al consumo, CREE, retenciones, GMF, entre otras) en los formularios que para tal efecto señale la DIAN y a través de los Servicios Informáticos Electrónicos – SIE’s. La presentación litográfica es posible para aquellos no obligados a presentarlas a través de los SIE’s. Ver DIAN habilita formularios de declaraciones tributarias.

El Decreto puede ser consultado dando clic aquíTéngase presente que mediante Decreto 214 de 2014, el Gobierno Nacional modifica algunos artículos del Decreto 2972 de 2013, debido a que estos presentan errores. Consultar Gobierno corrige las inconsistencias del Decreto que fija el Calendario Tributario.

En el Decreto se detallan los contribuyentes obligados y no obligados que deben presentar dichas declaraciones, así como fija los plazos para la presentación oportuna de tales:





* Declaración informativa y documentación comprobatoria de precios de transferencia. (Art. 22 al 24)





* Plazos para pagar el impuesto al patrimonio. (Art. 40 y 41)


* Otras disposiciones. (Art. 45 al 53)



Elkin Cruz Torrado
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